La Organización Mundial de la Salud (OMS) reporta que cada año mueren más de 8 millones de personas por consumir tabaco o exponerse al humo de los cigarros. Para poner un contexto de lo que sucede en México, la Encuesta Nacional de Ingresos y Gastos de los Hogares 2020 (ENIGH), realizada por el INEGI, dio a conocer que el promedio del ingreso total trimestral por persona en el país es de 53,798 pesos, de los cuales el mayor gasto se va en el rubro de alimentos, bebidas y tabaco, en los cuales se invierten $11,380 pesos, seguidos por $5,552 en transporte y comunicaciones, otros $3,285 para vivienda y servicios; mientras que para el rubro de salud apenas se entregan $1,266 pesos.
Para hacer conciencia en la ciudadanía de lo que el cigarro hace a la salud, no sólo de quienes fuman, sino de quienes están expuestos al humo, el Gobierno de la Ciudad de México publicó un aviso en la Gaceta Oficial, donde señala que desde el 31 de mayo pasado el Zócalo y otras zonas del Centro Histórico se convierten en espacios abiertos libres de humo.
En específico, queda prohibido fumar en:
- La Plaza de la Mexicanidad, frente a la Suprema Corte de Justicia.
- Las Plazas Manuel Gamio, del Seminario, el Empedradillo, ubicados a los costados de la Catedral.
- La plaza ubicada en la calle de Monte de Piedad.
- El corredor peatonal Francisco I. Madero.
- Los portales del Edificio de Gobierno, entre Pino Suárez y 20 de noviembre.
- Los Portales del Antiguo Palacio del Ayuntamiento, entre 20 de noviembre y 5 de febrero.
- Los portales del Zócalo entre 16 de septiembre y Madero.
- La calle 20 de Noviembre, entre el Zócalo y Venustiano Carranza.
Martí Batres, secretario de Gobierno de la Ciudad de México, dio el anuncio y dijo que la medida es de salud y fue tomada para proteger a los no fumadores, pero también para beneficiar al medio ambiente y cambiar la experiencia al circular en estas áreas.
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Mientras las personas se enteran de esta nueva norma, harán una campaña para informar, pero no se inventarán sanciones, ya que en todo caso serán aplicadas las existentes en el artículo 30 de la Ley de Protección a la Salud de los No Fumadores de la Ciudad de México, donde se indica que por fumar en espacios no autorizados se podría obtener una multa de 10 a 30 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA), cuyo valor es de 96.22 pesos, por lo que las sanciones económicas alcanzarían entre 962 y 2,886 pesos.
Es importante aclarar que dentro de los espacios libres de humo no se pueden fumar vapeadores y cigarro electrónico.
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