TENDENCIAS EN OFICINAS MEXICANAS

De acuerdo con Tutorel, especializada en Recursos Humanos, México es el país de Latinoamérica donde más trabajadores siguen el esquema de trabajo presencial. A pesar de los cambios en el esquema laboral, ocasionados por la pandemia, se calcula que en la actualidad el 66% de los trabajadores  hacen jornada completa en sus oficinas, lo que estaría 10 puntos porcentuales arriba del resto de la región.

El esquema híbrido no tuvo aceptación a largo plazo en el país, debido a las culturas organizacionales, ya que se generó un alto nivel de desconfianza por parte de los jefes que cuestionaban si los empleados realmente hacían sus actividades; mientras que por el otro lado también permitía a algunos trabajadores tener más de un empleo y descuidar los resultados.

El informe de estos expertos también dice que el 57% de las personas pasa en la oficina más tiempo del que desea, y que sólo un 15% está de acuerdo en realizar una jornada completa. 

Los cambios en los esquemas laborales también impactaron la industria inmobiliaria, ya que la disminución en el desplazamiento de los trabajadores obligó a que ciertas oficinas vivieran una reducción o cierre de espacios.

En tanto, se calcula que de 2019 a 2022 aumentó en 30% el número de compañías que ofrecen oficinas para formato coworking, según datos de SiiLA Market Analytics.

El mayor crecimiento de oficinas corporativas compartidas se dio en Ciudad de México, Monterrey, Guadalajara y Querétaro, donde las empresas ocupan más de 600 mil metros cuadrados, lo que equivale a 8% del área bruta rentable de oficinas de estos mercados.

En específico, en CDMX, el formato de coworking   representa  2% de los 7.6 millones de metros cuadrados que reporta el inventario de oficinas en la Ciudad de México. En los países desarrollados, representaría hasta 12%. 

La empresa Cushman and Wakefield dio a conocer que la magnitud de la demanda neta de edificios clase A se ubicaba en un 75% del nivel que tenía previo a la pandemia, al cierre de 2023. La tasa de disponibilidad general se ubicó al cierre del primer trimestre de 2024 en 18.7%, una disminución de un punto porcentual respecto a su nivel al cierre del mismo trimestre en 2023”.

En el reporte, Polanco o Insurgentes muestran volúmenes de ocupación corporativa en los mismos  niveles previos a la pandemia; mientras que Santa Fe seguiría enfrentando retos. Además, se estima que con esta tendencia, poco más de 200 mil metros cuadrados de oficinas tendrían una reconversión para uso habitacional, médico y educativo.

2024 trae cambios en las utilidades

Cada mes de mayo los trabajadores mexicanos reciben un incentivo al que se le conoce como Reparto de Utilidades (PTU). ¿Cuánto cambió este 2024?

¿Toca doble aguinaldo en 2023?

En los últimos 48 años no se ha logrado ninguna reforma al artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo, en la que se establece el pago de un aguinaldo anual. Durante 2023 el tema estuvo en boga luego de que el diputado morenista, Manuel Baldenebro, presentara una iniciativa para recibir un pago “digno” que pasara del equivalente de 15 días, al de un mes completo.

El tema se quedó en el tintero en septiembre pasado, cuando se iba a discutir en la sesión de la Comisión del Trabajo y Previsión Social, pero se dejó fuera de la agenda prioritaria. 

El empuje del sector empresarial fue quien detuvo este avance, así como sucedió en marzo pasado, cuando la bancada del Partido Verde Ecologista de México (PVEM) presentara una propuesta muy similar; y otro antecedente sería de 2022, cuando el priísta Reynel Rodríguez Muñoz llevara también el tema del “aguinaldo doble” a la Cámara de Diputados. 

Entonces, ¿cuánto y cuándo van a cobrar los trabajadores mexicanos este 2023? .Tras la más reciente reforma a la Ley Federal del Trabajo, que data de 1970, se quedó marcado que los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, como mínimo”.

Así que, mientras no haya nuevos cambios a la ley, será el 20 de diciembre de cada año, el último día que tienen los empleadores para cubrir este derecho de sus empleados. Para quienes no hayan completado un año de servicio, deberán recibir la parte proporcional, de acuerdo con el tiempo que hayan laborado.

A este pago tienen derecho los trabajadores de base, confianza, planta, sindicalizados o contratados por obra o tiempo determinado, e incluso los eventuales, siempre y cuando no estén por honorarios. 

Aquellos patrones que no cubran los importes en el tiempo estimado, pueden obtener una multa por parte del gobierno, que va desde los 18 mil 260 pesos, hasta los 365 mil 200 pesos.

Y ya con el dinero en la bolsa, los expertos invitan a que los trabajadores destinen máximo un 30% de esta prestación al pago de deudas, y que el resto del porcentaje pueda usarse como un ahorro para emergencias. 

El beneficio del aguinaldo, de acuerdo a los historiadores, tiene su origen en Roma, cuando se ofrecía un pago extraordinario en agradecimiento a los trabajadores. También tiene raíces celtas, porque en esa cultura se creía que los regalos generosos hacían que llegaran los mejores augurios. 

 

¿Cuánto te toca de reparto de utilidades?

¿Te toca reparto de utilidades?

¿Más aguinaldo y menos días de trabajo?

En material laboral son cinco las propuestas que recientemente llegaron al Congreso, y que si bien beneficiarían a los trabajadores, también pondrían en jaque a las empresas. Desde subir el aguinaldo al doble, hasta prohibir que los patrones puedan mensajear o llamar a sus empleados fuera del horario laboral, son algunas de las reformas que ya se analizan.

AGUINALDO AL DOBLE

Fue el diputado Manuel Baldenebro, de Movimiento de Regeneración Nacional (MORENA), y quien funge como presidente de la Comisión de Trabajo en su Cámara, quien presentó ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión la propuesta para que los empleados del sector privado tengan un aguinaldo equivalente a 30 días de salario.

Esta prestación fue modificada por última vez en 1970, y de hacerle un cambio, sería para acercar a los trabajadores al monto de 40 días de salario, por concepto de aguinaldo, que reciben quienes laboran para el gobierno. 

Ricardo Barbosa, presidente de la Comisión Laboral de Coparmex, aseguró que gran parte de las empresas mexicanas no tienen viabilidad económica para sostener dicho cambio a la Ley Federal del Trabajo; mientras que el Consejo Coordinador Empresarial (CCE) destacó que las inversiones por nearshoring mostrarían “aversión” a esta medida. 

LAS OTRAS 4 “TRANSFORMACIONES”

Si bien fue el tema del aguinaldo el que más voces tiene en contra, dentro del Congreso hay otros cuatro puntos a resolver: 

    • El Artículo 162 de la Ley Federal del Trabajo señala que la prima de antigüedad consiste en el pago de 12 días de salario, por cada año de servicio. Este derecho lo pueden cobrar quienes se separen voluntariamente o no de su empleo, siempre y cuando hayan cumplido como mínimo 15 años de servicio. La modificación sería el pago de 15 y no de 12 días por cada año laborado; además de bajar de 15 a sólo 12 los años en la empresa, para tener derecho a recibirlo.
    • Se analiza también que de manera “oficial” se metan a la lista de días de asueto nuevas fechas, las cuales serían el jueves y viernes santo, el 5 de mayo (Batalla de Puebla), 10 de mayo (Día de la Madre), 15 de mayo (Día del Maestro), el 2 de noviembre  (Día de Muertos) y el 12 de diciembre (Día de la Virgen de Guadalupe). 
    • Miguel Ángel Mancera, actualmente senador, también presentó la iniciativa para que en vez de que legalmente se tengan que trabajar seis días para descansar uno, se tengan dos días libres por cada cinco de prestar servicios. A esto le sumaría, disminuir una hora de trabajo por cada día laboral.
    • Como una adición al artículo 68 bis de la Ley Federal del Trabajo, también se propone que los trabajadores tengan como opcional el contestar llamadas telefónicas, mensajes o correos electrónicos de sus jefes fuera del horario laboral, lo que sería a favor de su salud mental y como una especie de “desconexión” del trabajo.

Manuel Etchegaray, presidente de la Comisión Representativa ante Organismos de Seguridad Social del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP), fue el más activo en medios para defender a las empresas de los costos que estas reformas traerían, ya que dijo que la mano de obra y prestaciones, uno de los tres principales gastos de una empresa (los otros son materia prima y costos indirectos), aumentaría de 20 a 25%.

 

¿Cuánto te toca de aguinaldo en 2023?

¿Toca doble aguinaldo en 2023?

¿Horarios laborales nuevos por ola de calor?

Las altas temperaturas registradas en todo el país durante las últimas semanas trajeron nuevamente a la conversación el tema del estrés térmico. Se dice que la productividad laboral disminuye cuando los termómetros superan los 26ºC; mientras que al rebasar los 35ºC el trabajador pierde 50% de su capacidad.

De acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo (OIT), el aumento de calor costaría 80 millones de empleos a nivel global, y medio millón estaría en México, por lo que seríamos el país de Latinoamérica que perdería más puestos de trabajo por estrés térmico para 2030.

La Organización Mundial para la Salud (OMS) detalla que los seres humanos necesitan una temperatura central en su cuerpo de entre 36 y 38ºC, ya que en este rubro el cuerpo es capaz de calentarse o enfriarse por sí mismo, para mantener el equilibrio calórico y por tanto cumplir con un requisito fisiológico para la salud, la seguridad y el confort laboral. 

Exponerse a temperaturas extremas, ya sea calientes o frías, es considerado un factor de riesgo físico y un riesgo laboral. El estrés térmico por calor sucede cuando la carga de calor se acumula en el cuerpo, ya sea por las condiciones ambientales del lugar o el espacio donde se trabaja, pero también por la actividad física que se realiza y el uniforme o las prendas que se portan. 

“Al trabajar en condiciones de estrés térmico, el cuerpo del individuo se altera. Debido a que, al aumentar su temperatura, los mecanismos fisiológicos de pérdida de calor (sudoración y vasodilatación periférica, fundamentalmente) tratan de que se pierda el exceso de calor. Si pese a todo, la temperatura central del cuerpo supera los 38ºC, se podrán producir distintos daños a la salud, cuya gravedad estará en consonancia con la cantidad de calor acumulado en el cuerpo”, detalla la OMS.

Por tanto, la recomendación es que no se debería trabajar la jornada completa en condiciones de estrés térmico por calor sin estar aclimatado, o cuando sucedan ciertos síntomas como erupción cutánea, calambres, síncope por calor, deshidratación, agotamiento por calor, golpe de calor.

Algunos ministerios de trabajo en el mundo han publicado que ante las olas de calor diversos consejos, como el hecho de que los empresarios deben:

    1. Informar y formar a los trabajadores sobre los riesgos, efectos y medidas preventivas. 
    2. Cuidar de que todos los trabajadores estén aclimatados al calor de acuerdo al esfuerzo físico que vayan a realizar. 
    3. Disponer de sitios de descanso frescos, cubiertos o a la sombra, y permitir a los trabajadores descansar cuando lo necesiten, y especialmente en cuanto se sientan mal.
    4. Proporcionar agua fresca y aleccionar a los trabajadores para que la beban con frecuencia
    5. Modificar procesos de trabajo para eliminar o reducir la emisión de calor y humedad y el esfuerzo físico excesivo. 
    6. Reducir la temperatura en interiores favoreciendo la ventilación natural, usando ventiladores, aire acondicionado, etc.
    7. Organizar el trabajo para reducir el tiempo o la intensidad de la exposición: establecer pausas fijas o mejor permitir las pausas según las necesidades de los trabajadores; adecuar los horarios de trabajo al calor del sol; disponer que las tareas de más esfuerzo se hagan en las horas de menor calor; establecer rotaciones de los trabajadores, etc.
    8. Garantizar una vigilancia de la salud específica a los trabajadores, sobretodo para quienes tienen problemas cardiovasculares, respiratorios, renales o diabetes, que son más sensibles a los efectos del estrés térmico.

Mientras tanto, a los trabajadores se les recomienda:

    1. Informar a sus superiores de cualquier problema relacionado con el calor,
    2. Descansar en lugares frescos para recuperarse cuando tengan mucho calor,
    3. Beber agua con frecuencia 
    4. Evitar comidas con exceso de grasas
    5. Usar ropa de verano suelta y en tejidos frescos 

Aunque el verano está en su entrada, en México algunas autoridades ya tomaron ciertas decisiones ante las olas de calor. En San Luis Potosí establecieron que los centros de trabajo deberán tener estaciones de hidratación, en Tamaulipas se entregaron más de mil sobres de suero vida oral a trabajadores municipales; en Edomex se tuvo registro de 5% de aumento en enfermedades gastrointestinales entre trabajadores y se invitó a la revisión de horarios entre quienes trabajan bajo condiciones de riesgo; y en el municipio de Victoria se cambió el horario a los trabajadores de las áreas de recolección de basura, barrenderos, mantenimiento de parques y jardines.

¿Cuánto te toca de prima vacacional?

En México se realizó una reforma a la Ley Federal del Trabajo en diciembre pasado, por lo que para proporcionar “vacaciones dignas” a quienes tienen un contrato laboral de carácter formal, se hizo un aumento en los días de descanso, que desencadena en un alza en el importe de la prima vacacional.

Por ley, los patrones deben pagar a sus trabajadores el salario total cuando estos se ausenten por vacaciones, y además deben cubrir un importe extra para que gocen de sus días de descanso, a este segundo pago se le conoce como prima vacacional, y equivale al 25% del salario.

¿Cómo se calcula lo que debo recibir? Esta prima se recibe cuando se tiene por lo menos un año laborado en la misma empresa, y por lo regular no se entrega en el período de descanso, sino al cumplir el “aniversario” de ser contratado.

Para saber el importe real, lo primero que debes revisar es tu recibo de nómina, donde se describe cuál es tu sueldo diario. Esa cifra la multiplicarás por el número de días de vacaciones que te corresponden, según los años que lleves en tu empresa. Dicho resultado se multiplica por 0.25.

 

Con los ajustes de “vacaciones dignas” los días de descanso son los siguientes:

  • 1 año laborado: 12 días
  • 2 años laborados: 14 días
  • 3 años laborados: 16 días
  • 4 años laborados: 18 días
  • 5 años laborados: 20 días
  • 6 a 10 años laborados: 22 días
  • 11 a 15 años laborados: 24 días
  • 16 a 20 años laborados: 26 días
  • 22 a 25 años laborados: 28 días
  • 26 a 30 años laborados: 30 días
  • 31 a 35 años laborados: 32 días

Por ejemplo, si tu salario diario es de 325 pesos y llevas 6 años en esa empresa, el cálculo es el siguiente: 325 (sueldo) x 22 (días de vacaciones) = 7150 x 0.25 (porcentaje de prima) = 1,787.5 pesos es lo que recibirás. 

Si tu salario diario es de 980 pesos y llevas 2 años en esa empresa, el cálculo es el siguiente: 980 (sueldo) x 14 (días de vacaciones) = 13720 x 0.25 (porcentaje de prima) = 3,430 pesos es lo que recibirás.

Si este pago no es entregado por los patrones, se puede realizar la denuncia ante las autoridades. Además, cuando te toque tu prima vacacional, deberá indicarse en el recibo de nómina, con el desglose correspondiente.

Es importante recalcar que antes de esta reforma, publicada el 1 de enero de 2023 en el Diario Oficial de la Federación, los trabajadores mexicanos sólo tenían 6 días de vacaciones tras el primer año laboral, lo cual subió a 12 días; por tanto las primas vacacionales de los trabajadores mexicanos serán más jugosas en relación con el pasado.

El Instituto Mexicano para la Competitividad (IMCO) calculó que estos cambios beneficiarán a un 44% de los trabajadores mexicanos, esto en un cálculo realizado en septiembre del 2022, y considerando el número de personas que sí tienen un contrato formal y que pueden exigir esta prestación.

Y por tanto, también hay estimaciones respecto al costo que representará esta reforma a las empresas, ya que de acuerdo a la Asociación Mexicana de Capital Humano (Amech), para implementar las “vacaciones dignas”, se gastarán en el país cerca de 89 mil millones de pesos.

Así serán las vacaciones mexicanas en 2023

Aunque para los trabajadores mexicanos la reforma de vacaciones laborales es una celebración, para las áreas encargadas de gestión de talento se vive un desafío, por lo que es indispensable conocer cuáles son las normativas que entrarán en vigor a partir del primer día de enero de 2023.

Fue el pasado 15 de diciembre cuando el Senado avaló el dictamen de duplicar la cantidad mínima de vacaciones, por lo que el cambio ya está hecho en los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, que en el tema de los días de descanso no se había modificado desde que fue publicada, en 1970.

Aunque está pendiente que se publique en el Diario Oficial de la Federación, las nuevas reglas entran en vigor con el inicio del nuevo año. También es importante acotar que aunque un grupo de diputados propuso que los patrones estuvieran obligados a dar de manera continua solamente 6 días y el resto dividirlos en más períodos, de manera unánime la Cámara de Senadores, con 116 votos, dio a conocer que el ciclo de descanso queda a potestad del trabajador, quien podrá distribuir sus días en la forma y tiempo que así lo requiera.

El cabildeo para llegar a esta reforma no fue sencillo, ya que organismos y cámaras empresariales, previamente reunidas en un debate legislativo, aceptaban los 12 días bajo la condición de que su distribución fuera negociada entre empleado y patrón. El senador morenista Napoleón Gómez Urrutia, calificó de “visión corta” a los empresarios que se negaban a la reforma, y afirmó que “pretenden seguir explotando a los trabajadores. 

José Abugaber, líder de la Confederación de Cámaras Industriales (Concamin), dijo que la decisión del senado por aprobar el cambio los tomó por sorpresa, y dio a conocer que de acuerdo con un análisis hecho por quienes representa, el impacto económico del incremento de las vacaciones es de entre un 2 y 3% sobre el costo de la nómina anual de las empresas.

Tras la aprobación de diputados y senadores, la reforma consiste en que los trabajadores mexicanos ya no tendrán 6, sino 12 días de vacaciones, a partir del primer año de cumplir con sus servicios, y la cantidad se incrementará 2 días más por cada año de prestación de servicios, hasta llegar a un tope de 20 días. Luego, a partir del sexto año, el período de descanso aumentará 2 días más por cada cinco años de trabajo para el mismo patrón. 

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) había publicado que México es el país donde más horas se laboran, de ahí la importancia de establecer que los trabajadores disfrutaran de más días de descanso pagados, siempre y cuando tengan un contrato individual o colectivo vigente. 

El fenómeno de los derechos laborales hace que las naciones igualen las condiciones que ofrecen. La Organización Internacional del Trabajo tiene como recomendación que cada trabajador descanse por lo menos dos semanas ininterrumpidas al año, para lo cual México estaba por debajo.

Ahora que los trabajadores mexicanos tendrán como piso de descanso 12 días al año, se igualan con Belice, Vietnam, Argentina y Mozambique, y quedan cerca de Perú (13 días), Israel (14 días) o Colombia, Venezuela, Chile y Guatemala (15 días).

A pesar del avance, quedamos lejos de naciones como Brasil que dan 26 días de asueto pagado para descanso; o incluso Cuba, Nicaragua y Panamá que dan un mes completo a sus trabajadores.

Se calcula que 170 millones de mexicanos se beneficiarán con esta reforma, la cual toca otro punto importante: la prima vacacional. Se trata de un monto extra que el contratado recibe de su patrón para que pueda gozar de sus días de descanso, y que corresponde al 25% del salario por cada día de trabajo.

Si bien el porcentaje no se modificó, al aprobarse más día de las llamadas “vacaciones dignas”, cada trabajador recibirá un monto mayor de prima vacacional, el cual pueden exigir o, en su defecto, acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), cuando el patrón no cumpla con ello. 

Compartimos una lista para entender la nueva regla de días de vacaciones:

1 año – 12 días

2 años – 14 días

3 años – 16 días

4 años – 18 días

5 años – 20 días

6 a 10 años – 22 días

11 a 15 años – 24 días

16 a 20 años – 26 días

21 a 25 años – 28 días

26 a 30 años – 30 días

31 a 35 años – 32 días