Aunque para los trabajadores mexicanos la reforma de vacaciones laborales es una celebración, para las áreas encargadas de gestión de talento se vive un desafío, por lo que es indispensable conocer cuáles son las normativas que entrarán en vigor a partir del primer día de enero de 2023.
Fue el pasado 15 de diciembre cuando el Senado avaló el dictamen de duplicar la cantidad mínima de vacaciones, por lo que el cambio ya está hecho en los artículos 76 y 78 de la Ley Federal del Trabajo, que en el tema de los días de descanso no se había modificado desde que fue publicada, en 1970.
Aunque está pendiente que se publique en el Diario Oficial de la Federación, las nuevas reglas entran en vigor con el inicio del nuevo año. También es importante acotar que aunque un grupo de diputados propuso que los patrones estuvieran obligados a dar de manera continua solamente 6 días y el resto dividirlos en más períodos, de manera unánime la Cámara de Senadores, con 116 votos, dio a conocer que el ciclo de descanso queda a potestad del trabajador, quien podrá distribuir sus días en la forma y tiempo que así lo requiera.
El cabildeo para llegar a esta reforma no fue sencillo, ya que organismos y cámaras empresariales, previamente reunidas en un debate legislativo, aceptaban los 12 días bajo la condición de que su distribución fuera negociada entre empleado y patrón. El senador morenista Napoleón Gómez Urrutia, calificó de “visión corta” a los empresarios que se negaban a la reforma, y afirmó que “pretenden seguir explotando a los trabajadores.
José Abugaber, líder de la Confederación de Cámaras Industriales (Concamin), dijo que la decisión del senado por aprobar el cambio los tomó por sorpresa, y dio a conocer que de acuerdo con un análisis hecho por quienes representa, el impacto económico del incremento de las vacaciones es de entre un 2 y 3% sobre el costo de la nómina anual de las empresas.
Tras la aprobación de diputados y senadores, la reforma consiste en que los trabajadores mexicanos ya no tendrán 6, sino 12 días de vacaciones, a partir del primer año de cumplir con sus servicios, y la cantidad se incrementará 2 días más por cada año de prestación de servicios, hasta llegar a un tope de 20 días. Luego, a partir del sexto año, el período de descanso aumentará 2 días más por cada cinco años de trabajo para el mismo patrón.
La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) había publicado que México es el país donde más horas se laboran, de ahí la importancia de establecer que los trabajadores disfrutaran de más días de descanso pagados, siempre y cuando tengan un contrato individual o colectivo vigente.
El fenómeno de los derechos laborales hace que las naciones igualen las condiciones que ofrecen. La Organización Internacional del Trabajo tiene como recomendación que cada trabajador descanse por lo menos dos semanas ininterrumpidas al año, para lo cual México estaba por debajo.
Ahora que los trabajadores mexicanos tendrán como piso de descanso 12 días al año, se igualan con Belice, Vietnam, Argentina y Mozambique, y quedan cerca de Perú (13 días), Israel (14 días) o Colombia, Venezuela, Chile y Guatemala (15 días).
A pesar del avance, quedamos lejos de naciones como Brasil que dan 26 días de asueto pagado para descanso; o incluso Cuba, Nicaragua y Panamá que dan un mes completo a sus trabajadores.
Se calcula que 170 millones de mexicanos se beneficiarán con esta reforma, la cual toca otro punto importante: la prima vacacional. Se trata de un monto extra que el contratado recibe de su patrón para que pueda gozar de sus días de descanso, y que corresponde al 25% del salario por cada día de trabajo.
Si bien el porcentaje no se modificó, al aprobarse más día de las llamadas “vacaciones dignas”, cada trabajador recibirá un monto mayor de prima vacacional, el cual pueden exigir o, en su defecto, acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), cuando el patrón no cumpla con ello.
Compartimos una lista para entender la nueva regla de días de vacaciones:
1 año – 12 días
2 años – 14 días
3 años – 16 días
4 años – 18 días
5 años – 20 días
6 a 10 años – 22 días
11 a 15 años – 24 días
16 a 20 años – 26 días
21 a 25 años – 28 días
26 a 30 años – 30 días
31 a 35 años – 32 días
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